domingo, 12 de agosto de 2018

Directivas de la Flota Estelar


La Constitución de la Federación Unida de Planetas se firma en 2161 por los gobiernos de la Tierra, Andoria, Vulcano y Tellar, para proveer una defensa común frente al amenazador Imperio Estelar Romulano. Esta Constitución provee derechos y libertades a todas las razas, un gobierno representativo democrático con sufragio universal, y establece la creación de la Flota Estelar, la agencia del gobierno encargada de representar y defender la Federación, y explorar la galaxia.
La Flotar Estelar define sus normas internas en reglamentos propios, destacando las Órdenes Generales.
Las primeras 6 son las órdenes originales que se establecieron al fundarse la Flota Estelar en 2161, y en ellas, se marca el espíritu de la Federación de Planetas Unidos.

Primera Orden General - No injerencia

También conocida como Orden General de la Flota Estelar nº 1, Directriz de No Injerencia, o Primera Directriz, es el principio éticos más importante en la Federación, que obliga a la no interferencia con el desarrollo de otra culturas y civilizaciones, incluyendo si esta fuera bien intencionada.

En el 2152 la Flota Estelar de la Tierra ya la tenía como un principio importante [The communicator (ENT, 2.08)], pero no se implantaría como Orden General hasta el 2168 [A piece of the action (ST, 2.20)].
En la década del 2370 la Primera Directriz ya contaba con 47 subórdenes [Infinite regress (VOY, 5.07)], abarcando cuestiones como la prohibición de:

- Proporcionar conocimiento de otros mundos habitados (incluso si los individuos o gobiernos de la sociedad ya estaban al tanto de tales) [Bread and circuses (ST, 2.14), First contact (TNG, 4.15)].

- Proporcionar conocimientos tecnológicos o científicos [A private Little war (ST, 2.16)].

- Actuar para afectar el desarrollo de una sociedad [Who watches the watchers (TNG, 3.04)].

- Tomar acciones que apoyen a una facción de una sociedad sobre otra [The Omega Glory (ST, 2.25)].

- Ayudar a una sociedad a evitar las consecuencias negativas de sus propias acciones [Time and again (VOY, 1.04)] o evitar un desastre natural conocido, aunque la falta de acción tenga como resultado su extinción [Pen Pals (TNG, 2.15)].

- Interferir en los asuntos internos de una sociedad [Symbiosis (TNG, 1.22)]. Subvertir o evitar la aplicación de las leyes de una sociedad [Justice (TNG, 1.08)].

A pesar de su importancia filosófica la Primera Directriz suele aplicarse sobre todo en aquellas civilizaciones menos avanzadas, normalmente pre-curvatura, o a las que no tienen conocimiento de la vida más allá de sus mundos [Bread and circuses (ST, 2.14)], aunque también se utilizó en las argumentaciones durante las discusión sobre la implicación en la guerra civil klingon del 2368 [Redemption II (TNG, 5.01)]. Las colonias de la Federación están excluidas, ya que sus miembros están sujetos a sus leyes, reglamentos y autoridad [The masterpiece society (TNG, 5.13)].

Cualquier persona que haya violado dicha norma puede recibir desde una reprimenda formal a ser enviada a una corte marcial [Captive pursuit (DS9, 1.06), The Omega Glory (ST, 2.25)].
Cuando pruebas verificables sean presentadas al oficial comandante senior de una base o nave de la Flota Estelar de que un representante de la Federación está actuando o ha actuado en el pasado en violación de la Primera Directiva, el oficial relevará a dicho representante y asumirá los poderes completos de la oficina y encarará una completa investigación con la asistencia de oficiales gubernamentales.

Aun así los oficiales de la Flota Estelar tiene grandes poderes discrecionales con respecto a cómo y si la Primera Directriz se aplica en situaciones específicas [The return of the archons (ST, 1.22)], teniendo que ser registrada y justificada cualquier decisión que sea potencialmente una violación de la Primera Directriz [Coming of age (TNG, 1.19)].
De esta manera existen excepciones a la hora de aplicar la Primera Directriz que son aceptadas por la Federación, aunque en su mayoría solo invaliden una parte y no su totalidad, siempre intentando minimizar la interferencia resultante, normalmente aplicándose a la reparación de una injerencia cultural previa [A piece of the action (ST, 2.209)].

- La sociedad ya conocía o había contactado con la Federación [Datalore (TNG, 1.13)].
- La sociedad ha enviado una llamada general de socorro a otras culturas espaciales que puedan reconocerla [Miri (ST, 1.11)].
- Una injusticia cometida a un ciudadano de la Federación en ausencia de interferencia [Justice (TNG, 1.08)].
- Cumplimiento de órdenes específicas y válidas como misiones de primer contacto [First contact (TNG, 4.15)], diplomáticas [A taste of armageddon (ST, 1.23)] o subordinadas a acciones de guerra [Errand of mercy (ST, 1.27)].
- Tras el ataque a una nave o puesto avanzado de la Federación [The corbomite maneuver (ST, 1.02)]. - Misiones de rescate [Transfigurations (TNG, 3.25)].
- Cuando la sociedad ya ha sido interferida por ciudadanos de la Federación [The return of the archons (ST, 1.22)] o por otras sociedades [A private Little war (ST, 2.16)].

Segunda Orden General - No beligerancia

I. Bajo ninguna circunstancia, incluso para proteger su propia vida o la de su tripulación, el personal de la Flota Estelar tiene permiso para dañar una forma de vida inteligente. El quebrantamiento de esta orden está tolerado únicamente si contraviene la Primera Directriz.

II. Es el deber del personal de la Flota Estelar usar todos los medios bajo su mando para proteger las formas de vida inteligente, incluso si pone en riesgo su propia seguridad o la de su nave. Si una forma de vida inteligente resulta dañada por la acción o inacción, constituirá una violación a la Segunda Orden General.

III. Los capitanes de naves de la Flota Estelar deben considerar a las vidas de su tripulación sagradas. En cualquier situación potencialmente hostil, el capitán pondrá la vida de su tripulación sobre la nave.

IV. La destrucción de una o más formas de vida inteligente está sólo permitido si previene una violación a la Directiva Primaria siempre que no haya otra forma de prevenir esta violación.

Tercera Orden General - Autonomía Federal


I. La soberanía de cada planeta integrante de la Federación es respetada en todas sus formas. El personal de la Flota Estelar debe tener en cuenta cada estatuto, ley, ordenanza o regla de un planeta miembro. Los violadores de tales ordenanzas serán objeto de los castigos o correcciones que determinen los cuerpos gubernamentales locales.

II. La solicitud de asistencia de emergencia de ciudadanos de la Federación demanda prioridad incondicional del personal de la Flota Estelar. Este personal debe responder inmediatamente a este pedido, posponiendo toda otra actividad.

III. El personal de la Flota Estelar intervendrá en problemas locales Federales para restaurar el orden general o asegurar las propiedades de los ciudadanos de la Federación sólo si recibe la orden directa proveniente de un civil con el título de gobernador o más.

Cuarta Orden General - Cadena de mando

I. El personal de la Flota Estelar seguirá siempre la orden de un superior con su mejor capacidad, salvo que ésta resultara una violación de las anteriores órdenanzas.

II.El personal de la Flota Estelar no tiene permitido instar, permitir, o tomar parte en un motín contra sus superiores. El motín será juzgado como violación de la Cuarta Orden General.

III. En caso de emergencia extrema, los representantes sociales de la Federación tienen el poder de asumir poderes de emergencia para tratar en una condición o circunstancia que sea considerada peligrosa para la ciudadanía de la Federación. Dentro del rango de estos poderes de emergencia el personal civil autorizado, podrá asumir el mando temporario de una nave de la Flota Estelar y/o nave personal para tratar con una emergencia. El personal de la Flota Estelar debe sumir a su autoridad durante la crisis.

IV. En ausencia de un comandante, o si este ha sido incapacitado, el oficial de mayor rango tomará el mando aún si no pertenece al personal habitual de a bordo.

V. En una situación que involucre a más de una nave, el mando recae sobre la nave con superioridad táctica, en caso de que no hubiere presente un oficial con rango superior.

VI. El capitán u oficial al mando debe liberarse del mando si queda emocionalmente comprometido e incapaz de tomar decisiones racionales.

Quinta Orden General - Defensa Federal

I. El personal de la Flota Estelar usará todo su empeño para proteger la seguridad de la Flota Estelar, la Federación Unida de Planetas, y sus miembros y representantes, salvo que provoque la violación de las anteriores ordenanzas.

II. Ningún personal de la Flota Estelar usará innecesariamente la fuerza, sea colectiva o individualmente, contra los miembros de la Federación Unida de Planetas, sus representantes, autoridades o líderes designados, por cualquier razón.

III. Si se avista una nave de guerra de una potencia externa en espacio de la Federación, el capitán de la nave de la Flota Estelar deberá determinar la razón/es de la presencia de la nave en espacio de la Federación. Si hay evidencia contundente de que la nave tiene intenciones hostiles, la nave Federal deberá tomar acción apropiada para salvaguardar la vida y la propiedad de los miembros de la Federación. En tales casos, el comandante usará su discreción para decidir si usará la fuerza para inutilizar la nave hostil.

IV. Cualquier miembro perteneciente a los Consejos, Comités, Agencias, Departamentos o de la Flota tiene prohibido dar información o asistencia equivalente a los enemigos de la Federación o a grupos que representen algún peligro para la Federación, sus planetas miembros o sus representantes; a menos que sea justificado por las Órdenes Generales anteriores.

Sexta Orden General - Autonomía exterior


I. Ningún personal de la Flota Estelar usará innecesariamente la fuerza, sea colectiva o individualmente, contra los miembros de cualquier raza no miembro de la Federación Unida de Planetas, por cualquier razón.

II. Cuando las órdenes no indiquen lo contrario, el personal de la Flota Estelar respetará la integridad territorial de sistemas planetarios y gobiernos independientes, y no violará el espacio territorial perteneciente a estos mundos.


Estas son las 6 primeras Órdenes Generales de la Flota. Posteriormente se añadieron otras órdenes generales, a las que se añadieron o modificaron subórdenes.


En 2254 fue añadida una Séptima Orden General que prohibía visitar Talos IV en cualquier circunstancia y bajo pena de muerte (el último caso en el que la Federación se reservaba aplicar tal pena). Pero la Séptima Orden General es una ordenanza secreta, la existencia de la Séptima Orden es de dominio público, pero su contenido es un misterior hasta que el Alto mando decide revelarla cuando aplica (quedando los implicados como custodios del secreto).
Durante el siglo 23, la Séptima Orden General es modificada para retirar el castigo de la pena de muerte, pero la Séptima Orden se mantiene vigente y secreta.
La razón de esta Orden General fueron los Talosianos, una raza telepática que pretendían recuperar y repoblar la superficie de su planeta, destruido en su guerra hace cientos de siglos, secuestrando especies para estudiarlas en su zoológico para ver cual sería mas susceptible esclavizar (bajo ilusiones sacadas de sus propios deseos), para hacerla reconstruir y repoblar la superficie trabajando bajo sus potentes ilusiones mentales, sacadas de los deseos de sus víctimas. Esto se mantiene en secreto sin explicarse en la Séptima Orden General. 

Octava Orden General - Zonas Neutrales

El personal de la Flota Estelar violará las Zonas Neutrales designadas por tratados, sólo si tal acción es requerida para salvar la vida de ciudadanos de la Federación bajo la condición de extrema urgencia.

Esta norma nace en 2159 sin rango de Orden General antes de la formación de la Flota Estelar, para reconocer la zona neutral del espacio del Imperio Romulano como se define en el tratado de la zona neutral, pasando a ser Orden General de la Flota en 2255. Entre 2285 y 2297 también se reconoce la zona neutral del espacio Klingon según dictamina el tratado de Khitomer. En 2370 se reconoce la zona desmilitarizada Cardassiana.

Novena Orden General - Relaciones estelares

I. Ningún capitán de una nave de la Flota Estelar, ya sea militar o auxiliar, le dará asilo político a cualquier individuo sin haber obtenido antes el permiso expreso de un representante del gobierno de la Federación.

II. El personal de la Flota Estelar nunca ofrecerá sus servicios a un gobierno independiente extranjero sin la expresa autorización de la Asamblea de la Federación.

III. El personal de la Flota Estelar con rango de Capitán o más alto, posee autoridad completa para negociar condiciones de acuerdo y/o tratados con representantes legales de planetas no federados. En tales circunstancias, el oficial posee los poderes de un embajador especial de la Flota Estelar. Todos y cada uno de estos acuerdos llevados a cabo de esta manera están sujetos a la aprobación el Comandante en Jefe de la Flota Estelar y del secretario de la Flota Estelar.

IV. El personal de la Flota Estelar otorgará asistencia tecnológica, médica, científica, a un miembro de una especie no reconocida sólo si esa asistencia no compromete en ninguna forma la Primera Directiva o la seguridad de la Flota Estelar o a la Federación Unida de Planetas.

Décima Orden General - Garantías legales

I. Si el personal de la Flota Estelar es acusado, obtendrá un juicio conducido por la Federación acorde a las leyes de la Flota Estelar. Si el individuo es indultado, el Comando de la Flota Estelar no tendrá más recursos legales contra el acusado.

II. Un oficial podrá ser condenado por la Flota Estelar, siendo condenado por al menos tres comandantes por un crimen de violación de las Órdenes Generales de la Flota Estelar o las leyes de la Federación, existiendo el derecho a apelar ante la Federación en estos casos.

III. El personal de la Flota Estelar podrá ser arrestado y suspendido del servicio hasta juicio por el oficial de mayor rango, debiendo este acreditar la medida ante el mando estelar.

IV. Al personal en custodia por a Flota Estelar se le otorgará el tratamiento propio y consistente al rango o status que posea, ni será privado de sustento, sueño, higiene o dignidad siempre y cuando tal tratamiento no comprometa a la seguridad de la Federación o la Flota Estelar.

V. Los derechos de libre expresión son considerados inviolables, el personal de la Flota Estelar podrá debatir cuestiones de cualquier índole, privadamente, o en cualquier momento en tanto sean acordes a decoro, entendiendo que esta libre expresión no viola su promesa de mando o influye en sus cargos específicos en la Federación.

VI. Cuando el personal de la Flota Estelar se encuentre fuera de servicio, sus bitacoras, comunicaciones, y la intimidad de su camarote quedan protegidos por el derecho a la privacidad. El capitán o el oficial jefe de seguridad podrá autorizar el acceso a su información privada.

Decimoprimera Orden General - Entrega y rectitud

I. Un oficial se compromete a servir, fomentar, y ser ejemplo vivo de los códigos de la Flota Estelar, mostrando siempre comportamiento y servicio ejemplar, inspirando mediante su persona. Un oficial mantendrá los mas elevados niveles de decoro, honor y ética.
II.Un oficial se mantendrá en todo momento capaz para el servicio activo, ejercitándo su mente y su cuerpo en busca de la excelencia en el servicio.

III. Un oficial no actuará impropia o indecentemente, o mostrará comportamiento ofensivo contra otra forma de vida.

Decimosegunda Orden General - Integridad de la Flota

I. Todo navio de la Flota intentará en la medida que sus misiones lo permitan, conectarse a la red de comunicaciones de la Flota para recibir actualizaciones y comunicar su posición mínimo una vez al día. En previsión de no poder hacerlo, informará al Alto mando.

II. Es responsabilidad del Capitán informar al Alto mando de todo suceso relevante a bordo de su nave, especialmete los relativos a seguridad, cadena de mando, relaciones diplomáticas y trabajos científicos. 

III. Corresponde al Capitán de la nave la decisión de cambiar los códigos de prefijo de la computadora y el código de cifrado del mismo, caso en el cual deberá notificar los nuevos al Alto mando de la Flota a la mayor brevedad posible.

IV. Se concede al Capitán la potestad de desactivar la entrada de comandos remotos de forma discrecional, sometida esta acción al posterior juicio del mando o su superior. De forma general, la nave deberá estar receptiva a recibir comandos externos del mando estelar, poseyendo el Alto mando los códigos de prefijo y su correspondiente clave de cifrado en todo momento.

V. Siempre que se produzca una comunicación entre elementos de la Flota, las comunicaciones se cifrarán para garantizar la confiabilidad. Las comunicaciones con elementos externos a la Flota se realizaran en abierto a discreción del Capitán y siempre según la naturaleza de la comunicación y el deseo del interlocutor.

VI. Corresponde al Capitán de la nave la obligación de actualizar los códigos de cifrado de forma periódica, así como realizar el cambio e informar al Alto mando cuando se sospeche que los actuales hayan podido ser comprometidos.

VII. En caso de perder el gobierno de la nave, el Capitán tiene la obligación de notificarlo al Alto mando a la mayor brevedad. En caso de perder el gobierno de la nave en favor de otro actor, el capitán tiene mayor obligación de notificar la falsa bandera. Un capitán que prevea la pérdida cierta de gobierno de su nave en favor de otro actor deberá considerar la autodestrucción de la nave valorando la seguridad de la tripulación.

VIII. Todo contacto con una nave Federal que haya permanecido mas de 24h sin contactar con el Alto mando, no responda a las comunicaciones cifradas, o sus códigos de prefijo no coincidan con los conocidos por el Alto mando será considerada potencialmente hostil hasta prueba en contrario.

Decimotercera Orden General - Evacuación

Corresponde al Capitán la prerrogativa de declarar la evacuación de la nave, así como la responsabilidad de permanecer en el puente si fuese necesario dar cobertura mientras la nave es evacuada.

Decimoquinta Orden General - Escolta de mandos

I. Ningún oficial de bandera entrará a un área peligrosa sin una escolta armada.

II. Ningún Capitán en servicio abandonará su nave sin escolta. Un capitán fuera de servicio, podrá bajo su consideración requerir escolta para acompañarle en su vida privada.

III. Ningún Capitán en servicio tomará parte de un equipo de salida en tanto no sea inexcusable su presencia.

IV. Nunca un Capitán y su primer oficial formarán parte de equipos de salida simultáneamente.

Decimosexta Orden General - Dispositivos Malkus

Toda nave estelar debe estar alerta ante la posible localización de un Dispositivo Malkus, siendo su obligación intentar confiscarlos.

Esta norma nace en 2151 en tiempos anteriores a la Federación, al encontrar en Beta Aurigae VII la historia de los 4 dispositivos Malkus. Fue formalmente incorporada por la Federación como Orden General en 2255. Los dispositivos son localizados en 2266 (Alpha Proxima II), 2370 (Segunda luna de Bajor), 2371 (en poder de los maquis en la zona desmilitarizada) y 2376 (Narendra III), quedando esta Orden General vigente pero en desuso. 
Beta Aurigae VII fue capital de un imperio desaparecido 90.000 años atrás, la Unión Zalkat, liderada por un temido tirano, Malkus El Poderoso, quien gobernó la Unión Zalkat durante 1000 años mediante 4 dispositivos de poder construidos por la cientifica Aidulac hasta que una revolución lo derrocó, y encontrando que sus dispositivos (control del clima, control de fuerza tractora, control de un poderoso virus, y control de la mente), eran indestructibles, encerraron la mente de Malkus en el cuarto dispositivo como castigo a sus crímenes y los dispersaron por el cuadrante Alfa, hasta que comenzó su búsqueda al encontrarse (2151) en Beta Aurigae VII las crónicas del reinado de Malkus y las referencias a sus 4 dispositivos.


Decimonovena Orden General - Prerrogativa médica

I. El personal de la Flota Estelar puede ser suspendido del deber en cualquier momento si ha sido juzgado incapaz de cumplir con su deber por razones médicas o psicológicas por el oficial médico jefe de una nave o por dos comandantes en ausencia del anterior. 

II. Si se activa el procedimiento de cuarentena, la computadora autodestruirá la nave 24 horas después de que todas las formas de vida estén desaparecidas o muertas para evitar la expansión del contagio. Corresponde al capitán declarar el estado de cuarentena, teniendo el oficial médico jefe la potestad de anularlo. 

Vigesima Orden General - Transporte de mercancias

I. Las naves de la Federación prestarán cualquier asistencia requerida por una nave privada o comercial registrada por la Federación Unida de Planetas.

II. Las naves de la Federación tienen permitido tomar acciones disciplinarias o agresivas contra naves de actividad ilegal u hostiles operando en territorio de la federación, así como tienen permitido confiscar cualquier mercancia ilegal o de contrabando encontrada.

III. Una nave de la Federación no tiene permitido transportar cualquier sustancia o carga clasificada ilegal por la Federación, ni una cantidad ilegal de cualquier sustancia o carga, ni cualquier arma no registrada por la oficina de comercio de la Federación. Formas de vida destructivas también entran bajo esta Orden General.

Vigesimoprimera Orden General - Solidaridad estelar

Ante una cultura que no haya tenido progreso tecnológico por estár bajo el control de una fuerza extranjera invasora, un oficial tiene permitido hacer cambios en la estructura social con el fin de que la cultura tome el camino hacia una civilización tecnológica. Cualquier mal uso de esta Orden General será considerada como violación a la Primera Directriz.


En 2272 se proclama (como idea del Almirante Kirk) la Vigesimosegunda Orden General, declarada secreta al igual que la Sexta Orden General. Esta Orden es poderosamente mas secreta, ya que es de solo conocimiento para capitanes y oficiales de bandera. Conocida como Directiva Omega, esta Orden programada secretamente en las naves estelares, detiene la nave y bloquea todas las terminales del puente de mando en caso de detectar una partícula Omega, pudiendo solo desbloquearlas el capitán, quien recibe una comunicación de máximo secreto que debe leer en su despacho. La comunicación le informa sobre las partículas Omega (descubiertas en secreto a mediados de siglo, capaces de romper el subespacio e impedir la propulsión warp a 3 años luz de distancia), y su deber de informar al Alto mando sobre cada una de ellas para destruirlas. Se ordena al capitán mantener esto en secreto y contactar al Alto Mando (con la máxima privacidad posible, Código 47) para recibir un equipo Omega especializado en destruir las partículas, dejando de lado cualquier otra misión o tarea en la que se encuentre inmerso para prestar colaboración, y pudiendo infringir si es necesario incluso la Primera Directriz bajo este mandato.
Ninguna nave detecta moléculas Omega debido a su escasez hasta que lo hace la Voyager en 2374 en el cuadrante Delta.


Vigesimotercera Orden General - Primera Directriz Temporal

Esta orden es añadida en 2369.


I. No se realizará, permitirá o apoyará ningún viaje temporal sin permiso expreso de autoridades sancionadoras de la Federación de Planetas Unidos. Aunque la libertad de información es considerada inviolable, incluso la formación necesaria para realizar viajes temporales podrá considerarse apoyo al mismo si así lo establecen los tribunales especializados competentes.

II. El personal de la Flota Estelar tiene la obligación de informar a sus superiores o actuar de modo propio contra las infracciones que conozca o prevea respecto al viaje temporal.

III. El personal de la Flota Estelar debe lealtad a su corriente temporal. El conocimiento de viajeros temporales deberá ser mantenido en secreto y reportado a la Federación sin demora. 

IV. Las subórdenes anteriores son de idéntica aplicación a dimensiones cuánticas alternas.

V. Sin perjuicio de las anteriores subórdenes, se reconoce a los habitantes de otras realidades cuánticas como seres iguales con sus propias necesidades, y se exhorta al personal de la Flota a relacionarse empáticamente con ellos llegado el caso, buscando tanto el auxilio de los ajenos a nuestra realidad como su pronto regreso a su propia realidad.

VI. Mientras que los viajeros del pasado no representan una amenaza a la línea temporal, los viajeros del futuro deben considerarse potencialmente disruptivos. Todo miembro de la Flota que terminase en un punto pasado de la línea temporal tendrá como máxima directriz mantener intacta la historia.

VII. Un miembro de la Flota que regresase desde otra linea temporal no podrá compartir de ninguna manera sus vivencias con nadie que no esté debidamente autorizado por la Federación, y deberá tomar las medidas oportunas en aras de garantizar el secreto de las mismas inclusive en su vida privada.



En 2370, se descubrió que la curvatura warp dañaba el espacio, por lo que se emitió la Vigesimocuarta Orden General, por la cual se prohibía como medida paliativa superar warp 5. 
8 meses después, una solución para el problema pudo ser implementada en los nucleos de curvatura, quedando esta Orden General solo vigente para núcleos de curvatura desactualizados.